Tu solicitud de AdSense ha sido aprobada, y, de pronto, te encuentras inmerso en un cúmulo de nueva información por asimilar. Vamos a resaltar algunos aspectos clave para responder a aquellas preguntas sobre AdSense que… nunca te has atrevido a preguntar.
1. En primer lugar, puedes echarle un vistazo a nuestra práctica Guía de inicio rápido, para saber cómo acceder a tu cuenta de Adsense y personalizar tu código de anuncios antes de añadirlo a tu sitio web.
2. Una vez que has añadido el código a tu sitio, es posible que quieras pegarlo a otras páginas o sitios. El código funcionará en cualquier sitio o página.
3. Cuando todo está en funcionamiento y tus anuncios se están mostrando en tus páginas, llega el momento de pensar en tus pagos. La Guía de pagos ofrece una amplia perspectiva del funcionamiento del sistema de pagos de AdSense.
4. No te preocupes si empiezas a observar anuncios en tu sitio que preferirías que no aparecieran. Puedes evitar que se muestren dichos anuncios utilizando un Filtro de anuncios de la competencia para bloquearlos.
5. ¿Estás teniendo problemas con los anuncios en tu sitio? Para solucionarlo, te recomendamos hojear nuestra entrada en el Centro de Asistencia sobre de los anuncios de servicio público (PSA’s).
6. Familiarizarte con otras funcionalidades y productos de AdSense, como AdSense para búsqueda, Referencias y el Registro de anunciantes en el sitio, te servirá para obtener más ganancias con tu sitio.
7. ¿Te preocupa mantener tu cuenta adecuadamente? Si revisas las políticas del programa, hallarás una clara enumeración de qué es lo que está permitido y lo que no, así como en las diez sugerencias para asegurarte de que tu cuenta no será inhabilitada.
8. ¡Optimiza! Nuestras sugerencias de optimización te ayudarán a aumentar tus beneficios y a sacar un mayor rendimiento de tu cuenta.
9. Ponte al día con nuestro Centro de asistencia. Es la manera más rápida de obtener las respuestas que necesitas en cualquier momento.
Ahora estás encaminado para convertirte en un experto editor de AdSense.
sábado, 5 de enero de 2008
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